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Noticias de Tucumán > Blog > Nacional > Cuáles son los requisitos, el alcance y los planes de pago de la moratoria de Afip
Nacional

Cuáles son los requisitos, el alcance y los planes de pago de la moratoria de Afip

Laura Argañaraz
Últ. actualización 2024/07/16 at 12:10 PM
Laura Argañaraz Publicado 16 de julio de 2024
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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó este martes la nueva moratoria destinada a deudores de contribuciones tributarias, aduaneras y de seguridad social, según la Resolución General 5525/2024 publicada en el Boletín Oficial.

El organismo estableció el marco, las disposiciones y los requisitos necesarios para adherirse al Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de Seguridad Social. Entre las normas, se incluyen los conceptos y sujetos excluidos, las modalidades de adhesión y los planes de facilidades de pago.

El régimen permite la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de recursos de seguridad social vencidas hasta el 31 de marzo de 2024. También se incluyen multas y sanciones firmes por infracciones cometidas hasta esa fecha, además de intereses resarcitorios y/o punitorios.

El plan de pagos puede elaborarse desde la vigencia de la reglamentación hasta 150 días corridos posteriores, permitiendo hasta 84 cuotas para monotributistas y pequeñas empresas. Las multas serán condonadas al 100%.

Quiénes Pueden Adherirse

  • Personas humanas y sucesiones indivisas
  • Pequeños contribuyentes
  • Micro, pequeñas y medianas empresas
  • Entidades sin fines de lucro

Exclusiones del Régimen

Entre los conceptos y sujetos excluidos del régimen se encuentran:

  • Aportes y contribuciones al Sistema Nacional de Obras Sociales
  • Cuotas para Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART)
  • Aportes y contribuciones para el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico
  • Cuotas del Seguro de Vida Obligatorio
  • Contribuciones al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA)
  • Tributos y multas por infracciones al Régimen de Equipaje del Código Aduanero
  • Obligaciones en planes de facilidades de pago caducos
  • Sujetos en estado de quiebra o condenados por delitos tributarios

Requisitos para la Adhesión

  • Presentar declaraciones juradas o liquidaciones determinativas de las obligaciones a regularizar
  • Declarar la Clave Bancaria Uniforme (CBU) para el débito de cuotas
  • Poseer Domicilio Fiscal Electrónico constituido

Planes de Facilidades de Pago

Los planes de pago se agrupan en dos categorías:

  1. Planes de hasta tres cuotas mensuales: Ofrecen una condonación de intereses del 70% al 50% según el momento de solicitud.
  • Pago al contado en los primeros 30 días: reducción del 70% de intereses.
  • Pago en tres cuotas dentro de dos meses: reducción del 60% de intereses.
  • Pago en tres meses: reducción del 50% de intereses.
  1. Planes de mayor plazo:
  • Micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro pueden pagar un 20% a cuenta y el resto en 60 cuotas, o un 15% a cuenta y el resto en 84 cuotas respectivamente.
  • Empresas medianas: 20% a cuenta y el saldo en 48 cuotas.
  • Otros contribuyentes: 25% a cuenta y el saldo en 36 cuotas.

Los contribuyentes deben acceder al sistema “Mis Facilidades” en la web de la AFIP y seleccionar la opción “Ley N° 27.743 – Regularización Excepcional”. El importe mínimo de cada cuota será de $2.000, con vencimiento el día 16 de cada mes y cancelación mediante débito directo en cuenta bancaria.

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Etiquetas: economia
Laura Argañaraz 16 de julio de 2024 16 de julio de 2024
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