El proyecto de reforma laboral 2026 ingresó a su etapa definitiva de debate en el Congreso tras un proceso de negociación entre el Poder Ejecutivo, sectores de la oposición y representaciones sindicales. El texto técnico, que busca modificar diversos aspectos de la Ley de Contrato de Trabajo, establece nuevas reglas en el cálculo de indemnizaciones, la operatividad de los gremios y las condiciones de contratación.
A continuación, se detallan los puntos centrales del proyecto tal como han sido elevados para su tratamiento legislativo.
1. Indemnizaciones y actualización de deudas laborales
El texto propone cambios sustanciales en la forma en que se calculan y se pagan los cierres de contratos:
- Base de cálculo: Se redefine la «mejor remuneración mensual, normal y habitual», excluyendo del cálculo conceptos como el aguinaldo (SAC), vacaciones, premios o bonos extraordinarios.
- Actualización de créditos: Las deudas laborales por juicios o despidos se ajustarán mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más un interés del 3% anual.
- Pago en cuotas: Se autoriza a las empresas a abonar sentencias judiciales de forma fraccionada: hasta 6 cuotas para grandes empresas y hasta 12 cuotas para MiPyMEs.
2. Fondo de Asistencia Laboral (FAL)
Se establece la creación de un sistema de previsión financiera denominado FAL, diseñado para que las empresas costeen las desvinculaciones:
- Financiamiento: El aporte será exclusivamente patronal: 1% de la masa salarial para grandes empresas y 2,5% para MiPyMEs.
- Naturaleza: Se define como un patrimonio inembargable y separado de los activos de la empresa, administrado por entidades financieras.
- Alcance: El fondo se utilizará para cubrir preavisos e indemnizaciones por antigüedad, aunque el proyecto aclara que el derecho del trabajador a percibir la indemnización completa de ley se mantiene vigente.
3. Servicios esenciales y derecho a huelga
El proyecto amplía la nómina de actividades donde se debe garantizar una cobertura mínima durante medidas de fuerza:
- Servicios Esenciales (75% de prestación mínima): Se incorporan la educación en todos sus niveles, el cuidado de menores, servicios aduaneros, control aéreo y recolección de residuos.
- Actividades Trascendentales (50% de prestación mínima): Incluye transporte, salud, energía, servicios bancarios y comercio digital.
4. Aportes sindicales y cuotas
La relación económica entre empresas, trabajadores y sindicatos también presenta modificaciones:
- Continuidad: Las empresas mantienen su rol como agentes de retención de las cuotas sindicales de los afiliados.
- Aportes solidarios: Se mantienen por un plazo de dos años con un tope del 2%.
- Voluntariedad futura: A partir de 2028, todo aporte a asociaciones sindicales o de empleadores requerirá el consentimiento expreso y por escrito del trabajador.
5. Jornada, vacaciones y antigüedad
El articulado introduce nuevas figuras en la organización del tiempo de trabajo:
- Banco de horas: Se permite, mediante acuerdo voluntario, compensar horas de exceso con tiempo de descanso, en reemplazo del pago de horas extra.
- Fraccionamiento de vacaciones: Los días de descanso podrán dividirse en períodos mínimos de 7 días. Se establece la obligación de otorgar al menos un período de verano cada tres años.
- Antigüedad: El texto estipula que, si un trabajador regresa a una empresa tras haber estado desvinculado por más de 3 años, no se le computará el tiempo de servicio anterior.
6. Registración y regímenes de formación
- Simplificación digital: La registración ante ARCA (ex-AFIP) se considera prueba suficiente del vínculo laboral, eliminando otros requisitos administrativos. Los libros laborales podrán ser digitales.
- Nuevos Regímenes: Se propone la creación del Régimen de Incentivo a la Formación Laboral (RIFL) y el de Modernización e Inversión (RIMI), orientados a la capacitación técnica y la actualización tecnológica de los procesos productivos.








