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Leyendo: Milei firmó la reglamentación de la reforma laboral
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Noticias de Tucumán > Blog > Nacional > Milei firmó la reglamentación de la reforma laboral
NacionalPOLÍTICA

Milei firmó la reglamentación de la reforma laboral

Emilia López Orce
Últ. actualización 2024/09/26 at 9:08 AM
Emilia López Orce Publicado 26 de septiembre de 2024
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Federico Sturzenegger y Julio Cordero brindaron detalles del decreto que se consensuó con empresarios y sindicalistas

Con el decreto reglamentario de la reforma laboral, que se publicó en el Boletín Oficial, el Gobierno dio un paso fundamental para concretar  “una modernización histórica de las leyes laborales en la Argentina”.

La firma del decreto estaba prevista para la semana pasada, pero el Presidente decidió suspenderla para seguir negociando algunos cambios con  el ala dialoguista de la Confederación General del Trabajo (CGT) y evitar un nuevo paro general. Participan  Héctor Daer  (Sanidad),  Carlos Acuña  (Estaciones de servicio),  José Luis Lingeri  (Obras Sanitarias),  Gerardo Martínez  (Uocra) y  Andrés Rodríguez  (Upcn).

Los principales puntos

  • El  artículo 97  de la Ley Bases, que dispone que los  trabajadores independientes puedan contratar hasta tres trabajadores  para un emprendimiento productivo,  sin que exista un vínculo de dependencia . Contiene el aporte individual de una cuota mensual que comprende el régimen provisional, la obra social y el seguro. Se va a ampliar el articulado para que no se pueda utilizar la norma para el fraude laboral. La idea es que  no se puedan crear unidades adjuntas a las empresas y se encubra una relación de dependencia . Incluye además un régimen especial unificado que lo complementa.
  • El  artículo 94  de la Ley Bases, que modifica la Ley 20.744 y habilita  despidos en casos de bloqueos a las empresas . Dispone que “podrá configurar grave lesión laboral, como objetiva causal de extinción del contrato de trabajo, la participación activa en bloqueos o tomas de establecimiento”.  La CGT propuso agregar una instancia judicial previa al despido , pero el Gobierno aún no confirma si se agregará al articulado.
  • Régimen simplificado de registro laboral : se implementa un sistema simplificado con un aporte único para empresas con hasta 12 empleados. Además, se introduce un sistema de condonación de multas por trabajador no registrado.
  • Extensión del período de prueba : el período de prueba se extiende de tres a seis meses, con la posibilidad de ampliarlo a ocho meses para pymes que empleen entre seis y cien trabajadores, y hasta un año para empresas con menos de cinco empleados.
  • Fondo de cese laboral : se crea un fondo alternativo a las indemnizaciones tradicionales por despido, que puede establecerse mediante convenios colectivos de trabajo y financiarse con aportes mensuales de los trabajadores. Este aporte, que no puede superar el 8% del salario, será exclusivamente a cargo del empleador y se utilizará para constituir el fondo de cese laboral. La Secretaría de Trabajo será responsable de reglamentar el proceso administrativo.
  • Trabajadores independientes : se introduce la figura del trabajador “colaborador”, reduciendo de cinco a tres el número de colaboradores que los trabajadores independientes pueden emplear sin que se considere una relación de dependencia.
  • Agravamiento indemnizatorio por despido discriminatorio : se incrementa la indemnización en casos de despido por motivos discriminatorios, tales como raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, género, orientación sexual, posición económica, características físicas o discapacidad.
  • Modificaciones en licencias por maternidad : se prohíbe el trabajo para mujeres o personas gestantes durante los 45 días anteriores y posteriores al parto, permitiendo reducir la licencia previa al parto a un mínimo de 10 días y acumular el resto del tiempo al período postparto.

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Etiquetas: NACIONALES, POLITICA
Emilia López Orce 26 de septiembre de 2024 26 de septiembre de 2024
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