A través de la Resolución 147/2025, publicada en el Boletín Oficial, se establecieron el procedimiento administrativo y técnico que deberán presentar las estaciones interesadas.
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía oficializó este martes el reglamento que deberán seguir las estaciones de servicio que decidan implementar el autoservicio de combustibles líquidos, una modalidad habi tual en otros países que ahora comienza a regularse en Argentina.
A través de la Resolución 147/2025, publicada en el Boletín Oficial, se establecieron el procedimiento administrativo, las condiciones de seguridad obligatorias y el certificado técnico que deberán presentar las estaciones interesadas en ofrecer este servicio de forma autónoma al cliente.
Esta nueva disposición reglamenta el Decreto 46/2025, que ya había autorizado de manera opcional el uso de esta modalidad en todo el país.
En línea con los cambios promovidos por el Gobierno nacional, se remarcó que la resolución se encuentra “en sintonía con los principios de libre competencia, desregulación y mínima intervención estatal”.