En las últimas horas el Gobierno envió el proyecto de ley de Ingresos Personales al Congreso para restituir el Impuesto a las Ganancias a trabajadores en relación de dependencia.
Esta iniciativa oficial contempla que pagarán el tributo los solteros que perciban una remuneración bruta mensual mayor a $1.250.000, y los casados, con dos hijos y cónyuge a cargo, con salarios brutos por sobre los $1.815.000.
En tanto, el proyecto indica que la actualización del mínimo no imponible será trimestral por lo que se fijó actualizaciones el 1 de enero, 1 de abril, el 1° de julio y el 1° de octubre de cada año, a partir del 1° de abril del año fiscal 2024, inclusive, por el coeficiente que surja de la variación contra el trimestre previo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.
Por otra parte, establece que el medio aguinaldo o sueldo anual complementario (SAC) que se cobre en junio de 2024 no tributará Ganancias cuando “la remuneración bruta y /o haber bruto no supere los $1.250.000.
Además, esta iniciativa incluye la actualización de las deducciones por cónyuge, hijos, entre otras, que estaban desactualizadas desde hace años.
En ese sentido, esa tabla de deducciones se actualizará de manera anual con el ajuste por IPC de cada octubre. Sobre las deducciones por año fiscal, el proyecto oficial establece ganancias no imponibles por $2.360.829.
Cargas de familia:
- $2.200.918 por el cónyuge.
- $1.109.931 por cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo. La deducción de este inciso sólo podrá efectuarla el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles.