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Leyendo: Cambios: el Gobierno modificó una licencia para circular
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Noticias de Tucumán > Blog > Nacional > Cambios: el Gobierno modificó una licencia para circular
Nacional

Cambios: el Gobierno modificó una licencia para circular

Emilia López Orce
Últ. actualización 2024/09/16 at 8:50 AM
Emilia López Orce Publicado 16 de septiembre de 2024
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Se cambiaron una serie de normativas para el transporte, entre las cuales se encuentra la quita de dos registros para diferentes grupos de conductores.

A través del decreto 832/2024, el Gobierno modificó el Registro Único de Transporte Automotor, más conocido como RUTA, el cual reglamenta el transporte de cargas: uno de los cambios más importantes es que se redujo el límite de peso, por lo que un grupo de conductores ya no estará obligado a sacarlo.

Según la nueva normativa, «se entenderá que existe transporte por automotor de cargas cuando la capacidad de carga del vehículo afectado a la actividad sea igual o superior a la suma de setecientos (700) kilogramos». Anteriormente, era a partir de los 750 kilos y, de esta manera, se deja afuera a las pick-ups, furgones y camiones urbanas con capacidades de carga que no superen los 3.500 kilos.

Los cambios aplicados en la Ley 24.653 son los siguientes:

  • Antes: «A los fines de lo previsto en la presente reglamentación, se entenderá que existe transporte por automotor de cargas cuando la capacidad de carga del vehículo afectado a la actividad sea igual o superior a la suma de SETECIENTOS (700) kilogramos».
  • Ahora: «A los fines de lo previsto en la presente reglamentación, se entenderá que existe transporte por automotor de cargas cuando la capacidad de carga del vehículo afectado a la actividad sea superior a TRES MIL QUINIENTOS (3500) kilogramos, y en el caso de los acoplados o remolcados, desde SETECIENTOS CINCUENTA (750) kilogramos. Se encuentran excluidas del alcance de esta reglamentación las casas rodantes remolcadas o autopropulsadas, sin límite de peso.»

De esta manera, el gobierno del presidente Javier Milei eximió de tramitar el RUTA a los conductores que manejen pick-ups, furgones y camiones urbanas con capacidades de carga que no superen los 3.500 kilos. El registro dejará de ser obligatorio para conducir vehículos comerciales livianos. En el caso de los que realicen tareas de transportes interjurisdiccionales, también se les dejará de exigir el trámite de la LiNTI.

Las limitaciones de la capacidad de carga del RUTA y la LiNTI habían causado estragos en el mercado automotor de vehículos comerciales de carga en la Argentina. Muchas marcas dejaron de ofrecer pick-ups mediana de carga, como es el caso de las versiones con Cabina Simple. Por otro lado, se había alentado a que varias marcas declararan una capacidad menor a 700 kilos para eludir este trámite, aún en el caso de vehículos diseñados para soportar una capacidad mucho mayor.

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Etiquetas: NACIONALES, Transporte
Emilia López Orce 16 de septiembre de 2024 16 de septiembre de 2024
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