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Noticias de Tucumán > Blog > Economía > Monotributo: dieron a conocer los nuevos valores para las categorías
Economía

Monotributo: dieron a conocer los nuevos valores para las categorías

Agustina Carrizo
Últ. actualización 2024/07/14 at 4:17 PM
Agustina Carrizo Publicado 14 de julio de 2024
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La AFIP estableció que regirán a partir del 1 de agosto. Extendieron el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó los nuevos valores para las categorías de monotributo. Las nuevas escalas regirán a partir del 1 de agosto. Además, el organismo recaudador también extendió el plazo para la recategorización del monotributo hasta el 2 de agosto.

Las nuevas categorías se podrán ver en la página https://www.afip.gob.ar/monotributo/categorias.asp y son las siguientes:

Foto: Ámbito

Foto: Ámbito

Según se aclara, no ingresarán el impuesto integrado los trabajadores independientes promovidos o aquellos asociados a cooperativas inscriptos en el Registro Nacional de Efectores. Tampoco lo harán los asociados a cooperativas cuando sus ingresos brutos no superen la suma máxima establecida para la categoría A. 

(***) Quedan exceptuados de ingresar cotizaciones al régimen de la seguridad social y a obras sociales, los siguientes sujetos:

  • Quienes se encuentran obligados por otros regímenes previsionales.
  • Los menores de 18 años.
  • Los contribuyentes que adhirieron al monotributo por locación de bienes muebles y/o inmuebles.
  • Las sucesiones indivisas continuadoras de los sujetos adheridos al régimen que opten por la permanencia en el mismo.
  • Quienes se jubilaron por leyes anteriores al 07/1994 (Nº 18.037 y Nº 18.038), es decir jubilados hasta el 06/1994.

Los jubilados (por leyes anteriores o ley actual) quedan exceptuados de ingresar aportes a la obra social. 

(****) Afiliación individual a obra social, sin adherentes. Por cada adherente, además, deberá ingresarse ese mismo importe.

Recategorización del monotributo: cómo hacerla

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la recategorización del monotributo. La nueva fecha límite para la finalización de dicho trámite será el 2 de agosto. Lo hizo a través de la Resolución General 5523 publicada este viernes en el Boletín Oficial. 

En resumen, el texto oficial extiende el plazo hasta el 2 de agosto de 2024 para que los contribuyentes adheridos al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) realicen la recategorización correspondiente al semestre enero/junio de 2024. 

La disponibilidad del sistema para comenzar la recategorización será informada a través de la página web de la AFIP. 

Pasos para recategorizarse:

  • acceder al Portal Monotributo: ingresar con la clave fiscal. Si no se posee una clave fiscal o se ha perdido, es necesario gestionarla nuevamente.
  • ingresar a la opción recategorización: detallar el monto facturado en los últimos 12 meses.
  • imprimir la nueva credencial de pago: una vez realizada la recategorización, la nueva credencial de pago estará disponible.

Es importante tener en cuenta que el importe correspondiente a la nueva categoría se abonará el mes siguiente a la recategorización, no en el momento de realizarla.

FUENTE: Ámbito

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Etiquetas: economia, NACIONALES
Agustina Carrizo 14 de julio de 2024 14 de julio de 2024
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