Sin acuerdo con gremios y empresarios, el Poder Ejecutivo estableció subas que llevarán este salario de referencia a $296.832 en marzo
Sin acuerdo con los gremios y empresarios, el Gobierno nacional definió este jueves los nuevos valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVyM), que tendrá incrementos escalonados desde diciembre y hasta marzo inclusive.
La medida salió publicada este jueves a través de la Resolución 17/2024, en la que se estableció que el SMVyM quedará en $279.718. El último valor de referencia era de $271.571.
Sin acuerdo con los gremios y empresarios, el Gobierno nacional definió este jueves los nuevos valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVyM), que tendrá incrementos escalonados desde diciembre y hasta marzo inclusive.
La medida salió publicada este jueves a través de la Resolución 17/2024, en la que se estableció que el SMVyM quedará en $279.718. El último valor de referencia era de $271.571.
El artículo 1 fija “para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744: a- A partir del 1° de Diciembre de 2024, en pesos doscientos setenta y nueve mil setecientos dieciocho ($279.718) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo, conforme el artículo 116 del Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744″.
En tanto, el SMVyM en enero subirá a los $286.711. En febrero, el mismo será de $292.832; y en marzo llegará a los $296.832.
El Gobierno definió el nuevo salario mínimo. Foto: La Nación
Los trabajadores jornalizados también tendrán un incremento y “percibirán en su debida proporción”. En diciembre tendrán un aumento de “$1.399 por hora”. A partir de enero el valor será de $1.434, en febrero $1.462, y para marzo el valor será de $1.484 por hora.
Respecto a la prestación por desempleo destinada a los trabajadores convencionados o no convencionados, se fijó en el artículo 2 que la misma “será equivalente a un setenta y cinto por ciento (75%) del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis (6) meses anteriores al cese del contrato de trabajo que dio lugar a la situación de desempleo”.
Y se remarcó que “en ningún caso la prestación mensual podrá ser inferior al cincuenta por ciento (50%) del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente, ni superior al cien por ciento (100%) del Salario Mínimo Vital y Móvil vigente”.
Salario Mínimo Vital y Móvil
- Diciembre: $279.718 al mes.
- Enero de 2025: $286.711 al mes.
- Febrero de 2025: $292.446 al mes.
- Marzo de 2025: $296.832 al mes
FUENTE: Los Andes