La Secretaría de Industria y Comercio, estableció una nueva disposición acerca de los precios y bienes.
La Secretaría de Industria y Comercio, bajo la órbita el Ministerio de Economía, estableció una nueva disposición normativa que permite la exhibición de precios de bienes y servicios ofrecidos al público “en dólares o en otra moneda extranjera”.
Lo hizo a través de la Resolución 4/2025 publicada este viernes en el Boletín Oficial y en la que detalla que el objetivo principal es buscar una “mayor transparencia y claridad para los consumidores, adaptándose a las nuevas prácticas comerciales y al contexto monetario actual”.
La normativa destaca que si bien es “obligatorio” mostrar los precios en pesos, se pueden incluir valores “en dólares u otras monedas, con una menor relevancia”.
La norma también prevé que los establecimientos comerciales deben indicar el precio por unidad de medida, y que el precio de góndola coincida con el que se cobra en líneas de cajas. “En caso de que la compra se efectúe a través de financiación, corresponderá que se indique el precio de contado, la cantidad y monto de cada una de las cuotas, así como el costo financiero total efectivo anual (CFTEA)”, señala el comunicado oficial.