Además dio un plazo a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) para que adapte su estatuto.
Este miércoles, el Gobierno detalló la reglamentación en torno a la posibilidad de que los clubes se conviertan en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), sin que esto suponga una sanción de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) o sus respectivas federaciones o ligas.
“Entiéndese por asociados de las asociaciones civiles mencionadas en el inciso 1), última parte, del artículo 77 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificaciones, a los asociados que participen en la asamblea extraordinaria de la asociación que considere la decisión de transformar a la entidad en sociedad anónima o resuelva ser socia de sociedades anónimas”, indicaron en el documento, que incluyen los cambios realizados en principio y le da un marco regulatorio con mayor detalle tras el rechazo que recibió por parte de la dirigencia del fútbol argentino.
En tanto, en el DNU se especifica que pese a que aun no se hayan adaptado los estatutos o códigos internos de las asociaciones, federaciones y confederaciones deportivas, las misma no podrán “impedir, dificultar, privar o menoscabar cualquier derecho a una organización deportiva, incluyendo su derecho de afiliación a una confederación, federación, asociación, liga o unión, con fundamento en su forma jurídica, originaria o derivada”, que haya elegido convertirse en una SAD.