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Noticias de Tucumán > Blog > POLÍTICA > El Gobierno reglamentó la reforma laboral y oficializó cambios en registros, licencias y trámites jubilatorios
POLÍTICAPRINCIPAL

El Gobierno reglamentó la reforma laboral y oficializó cambios en registros, licencias y trámites jubilatorios

Lucía Temkin
Últ. actualización 2026/06/01 at 3:56 PM
Lucía Temkin Publicado 1 de junio de 2026
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El Gobierno nacional avanzó con la implementación de la reforma laboral al reglamentar varios de sus puntos centrales mediante el Decreto 407, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La normativa establece precisiones sobre el funcionamiento de distintos aspectos de la relación laboral, desde la registración de empleados hasta las licencias médicas, los recibos de sueldo y los procedimientos vinculados a jubilaciones y desvinculaciones.

Contents
Los principales cambiosCambios en convenios colectivos y representación sindicalNuevas reglas para el trabajo eventualBeneficios fiscales para alquileres de vivienda

La medida reglamenta artículos clave de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y, según el Ejecutivo, busca simplificar procesos administrativos, fomentar la digitalización y brindar mayor transparencia en los vínculos laborales.

Entre los fundamentos del decreto, el Gobierno señaló la necesidad de adecuar los mecanismos de registración y comunicación a herramientas tecnológicas actuales, reduciendo trámites burocráticos y facilitando el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de empleadores y trabajadores.

Los principales cambios

Uno de los puntos más relevantes se refiere a la registración laboral. A partir de ahora, el alta y baja de trabajadores se realizará exclusivamente a través de los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), eliminando la obligación de mantener libros laborales en formato físico o digital.

En relación con los recibos de sueldo, la reglamentación establece una nueva estructura que deberá incluir información detallada sobre la composición del salario y los costos laborales asociados, incluyendo aportes y contribuciones abonados por el empleador.

También se introducen modificaciones en el régimen de licencias por enfermedad. Las prescripciones médicas deberán emitirse de manera electrónica, salvo en zonas sin conectividad, y se prevén mecanismos de revisión mediante juntas médicas en caso de discrepancias entre los diagnósticos presentados por el trabajador y los controles solicitados por la empresa.

Respecto de las renuncias laborales y los acuerdos de desvinculación, el decreto fija procedimientos específicos para su instrumentación y homologación, con el objetivo de garantizar que las decisiones se adopten sin presiones ni irregularidades.

En materia previsional, la ANSES deberá implementar un sistema que permita informar a los empleadores cuándo un trabajador inicia o concluye su trámite jubilatorio.

Cambios en convenios colectivos y representación sindical

La reglamentación también incorpora modificaciones vinculadas a las negociaciones colectivas. Entre ellas, establece requisitos de representatividad para las asociaciones empresarias que participen en la firma de convenios y define el alcance de aportes, contribuciones y otras cargas económicas previstas en esos acuerdos.

Además, la Secretaría de Trabajo deberá convocar en un plazo de 30 días a los sectores cuyos convenios colectivos se encuentren vencidos para revisar y actualizar sus condiciones.

Otro de los aspectos reglamentados es la posibilidad de conformar sindicatos de empresa o grupos de empresas. Para ello, los trabajadores deberán cumplir determinados requisitos de afiliación y representación, mientras que la autoridad laboral tendrá un plazo de 45 días para resolver cada solicitud.

Nuevas reglas para el trabajo eventual

El decreto también actualiza el régimen de las empresas de servicios eventuales, estableciendo condiciones específicas para la contratación y protección de los trabajadores.

Entre otros puntos, se fija un límite para los períodos sin asignación laboral y se determina que los empleados eventuales deberán percibir las mismas remuneraciones que los trabajadores permanentes que desarrollen tareas equivalentes.

Beneficios fiscales para alquileres de vivienda

Por otra parte, mediante el Decreto 406, el Ejecutivo reglamentó modificaciones vinculadas al Impuesto a las Ganancias. La medida precisa que los ingresos obtenidos por alquileres destinados a vivienda estarán exentos del tributo para los períodos fiscales iniciados desde el 1 de enero de 2026, incluso cuando los contratos hayan sido celebrados con anterioridad.

Con estas disposiciones, el Gobierno avanza en la puesta en marcha de la reforma laboral aprobada por el Congreso y suma nuevos cambios en materia laboral, sindical, previsional y tributaria.

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Etiquetas: reforma laboral
Lucía Temkin 1 de junio de 2026 1 de junio de 2026
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